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El tiempo de la prevención de los daños: sobre la tutela inhibitoria en el Código Civil y Comercial
Por Mariela Pérsico
“La función preventiva el derecho no es una novedad jurídica, sin embargo, sigue siendo un tema en construcción. Preservar el estado de cosas se constituye en reto o desafío del moderno de derechos de daños y también del derecho procesal, que habrá de diseñar los instrumentos que permitan que la función preventiva del derecho no se convierta en letra muerta. La renovación de axiomas medulares sobre la protección de la persona humana y su entorno exige un serio compromiso social de la justicia, de tanta valía en la hora de ahora. La acción preventiva legislada en el artículo 1711 del Código Civil y Comercial viene a reivindicar la jurisdicción preventiva.”
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Términos mencionados en esta doctrina: preventiva, derecho.